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Vía ejecutiva
Conociendo que la vía ejecutiva es un medio donde se obliga al deudor a cancelar alguna determinada deuda a favor de un acreedor, donde si no se cumple se acudirá a la ejecución forzosa como lo puede ser un embargo que se realizara cuando se muestren suficiente pruebas para llevarlo a cabo.
Dentro de las características generales se encuentra que, debe iniciarse por un libelo en el cual se debe indicar de manera expresa la voluntad de accionar la vía ejecutiva, se trata de un procedimiento contencioso ya que hay una disputa entre las partes, un requisito esencial es la presentación de un titulo ejecutivo que es el que dará la veracidad de la acción del demandante hacia el demandado y por último el fin de la vía ejecutiva es el dar comienzo de la ejecución de un fallo que esta por dictarse.
Procedimiento de intimación
Es considerado un procedimiento con carácter sumario, dispuesto en favor de quien tenga derechos crediticios los cuales tenga que hacer valer, asistidos por una prueba escrita, así mismo este procedimiento se aplica cuando el derecho subjetivo sustancial que se hace valer con la acción, es un derecho de crédito y este debe ser líquido y no debe estar sometido a condición ni al diferimiento del pago y también puede ser aplicable si se persigue la entrega de una cosa mueble quedando excluida de ello las cosas inmuebles.
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